La Dirección del Hospital Regional Guillermo Díaz de la Vega de Abancay pone en conocimiento de la opinión pública el siguiente comunicado:
PRIMERO.
Ante la difusión de información relacionada con la contratación del abogado Erik Baler Prado como asesor externo del Hospital Regional Guillermo Díaz de la Vega de Abancay, y en la que se menciona erróneamente que el citado profesional se encontraría inhabilitado para contratar con el Estado, esta entidad considera pertinente formular las siguientes precisiones:
SEGUNDO.
La contratación del mencionado profesional fue solicitada por esta entidad en el ejercicio de las facultades conferidas a la Dirección Regional, conforme a lo dispuesto en la Ley N.º 30225 – Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. En cumplimiento de lo establecido en dicho marco normativo, el proveedor presentó la documentación requerida, razón por la cual el área competente emitió la correspondiente orden de servicio.
TERCERO.
Es importante señalar que las contrataciones cuyo monto no excede las 8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), como en el presente caso, se encuentran excluidas del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado. Si bien no se rigen por sus procedimientos, deben observar los principios generales que orientan toda contratación pública, tales como la eficiencia, equidad, transparencia y probidad administrativa.
CUARTO.
En ese sentido, antes de realizar cualquier desembolso, el área encargada de contrataciones advirtió que el proveedor registraba una sanción administrativa. En ejercicio de sus atribuciones, se evaluó dicha situación conforme a lo dispuesto en el artículo 34° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, así como el numeral 64.6 del artículo 64° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, a fin de garantizar los principios de legalidad, presunción de veracidad e integridad que rigen los actos administrativos.
QUINTO.
En atención a lo señalado, y en un marco de plena transparencia institucional, esta entidad ha dispuesto dejar sin efecto la orden de servicio emitida a favor del señor Erik Baler Prado, dado que la sanción que registra no configura una inhabilitación para contratar con el Estado, según ha sido aclarado por diversos pronunciamientos de SERVIR.
Esta decisión se adopta con el único propósito de evitar interpretaciones erróneas o especulaciones que pudieran perjudicar la imagen y reputación del Hospital Regional Guillermo Díaz de la Vega de Abancay.
📍 Abancay, 16 de abril de 2025
Dirección General
Hospital Regional Guillermo Díaz de la Vega de Abancay
Hospital Regional Guillermo Diaz de la Vega.